🚨🇻🇪 ATENCIÓN VENEZOLANOS CON RAZONES HUMANITARIAS 🇻🇪🚨
Ya salieron las nuevas INSTRUCCIONES SEM 1/2026 sobre qué pasará con las personas que tenemos residencia por razones humanitarias en España.
📌 Esto es lo importante, explicado fácil:
✅ 1. Adultos con razones humanitarias
Si tienes una TIE por razones humanitarias y ya se acerca el vencimiento, la vía será:
👉 EX-26
👉 Artículo 191
👉 Modificación a residencia temporal y trabajo
👉 La autorización puede ser de 4 años
📅 Se puede presentar:
➡️ Durante los 2 meses antes del vencimiento de la tarjeta
➡️ Y hasta 3 meses después del vencimiento
⚠️ Al presentar dentro de ese plazo, la situación legal queda prorrogada hasta que Extranjería resuelva.
💼 Si estás trabajando por cuenta ajena, cuenta propia o tienes actividad laboral, prepara:
📄 Pasaporte completo
📄 TIE actual
📄 Resolución de razones humanitarias
📄 Vida laboral
📄 Contrato / alta autónomo / nóminas / documentos de ingresos
📄 Empadronamiento
📄 Otros documentos familiares si aplica
💰 Sobre las tasas:
En algunas oficinas recomiendan no pagarlas antes, sino esperar a que Extranjería las mande asociadas al expediente para evitar errores, especialmente la tasa de trabajo.
👧👦 2. Hijos menores con razones humanitarias
También hay instrucción para menores.
✅ Si el menor nació en España:
👉 Se aplicaría el artículo 159
✅ Si el menor NO nació en España:
👉 Se aplicaría el artículo 160
📌 Y esto es muy importante:
Para estos menores se flexibilizan requisitos.
Según la instrucción, quedarían eximidos de:
❌ Permanencia previa de 2 años
❌ Acreditar medios económicos
❌ Acreditar alojamiento/vivienda adecuada
Aun así, conviene tener preparados:
📄 Pasaporte del menor
📄 TIE del menor
📄 Resolución de razones humanitarias
📄 Partida de nacimiento apostillada
📄 Documentos de los padres
📄 Empadronamiento
📄 Certificado escolar
📄 Pruebas de que vive en España
📄 Autorización de los padres si corresponde
⚠️ IMPORTANTE:
Esto es una orientación general. Cada caso puede cambiar según provincia, situación laboral, fechas de vencimiento y situación familiar.
✅ Recomendación:
Antes de presentar, revisar bien:
1️⃣ Qué formulario corresponde
2️⃣ Qué artículo aplica
3️⃣ Qué documentos pide Mercurio
4️⃣ Si la Oficina de Extranjería de tu provincia ya está aplicando la instrucción
📢 Resumen rápido:
👩🦱👨 Adultos con razones humanitarias → EX-26 / art. 191 / residencia y trabajo
👧 Menores nacidos en España → art. 159
👦 Menores no nacidos en España → art. 160
⏳ Adultos pueden presentar desde 2 meses antes del vencimiento
✅ La nueva residencia de adultos puede ser de 4 años
🇻🇪 Compartan esta información con otros venezolanos que estén preocupados, pero siempre revisando su caso concreto antes de enviar nada.
June 18, 2026 954 9